jueves, 30 de marzo de 2017

MATRIMONIO EN EL EXTERIOR-Consecuencias patrimoniales

MATRIMONIO EN EL EXTERIOR-Consecuencias patrimoniales

El matrimonio es una institución que regula la relación patrimonial de la pareja. Las consecuencias patrimoniales del mismo son ampliamente conocidas por la sociedad, pues todavía la mayoría de las familias se forman como consecuencia de la celebración de este acto jurídico.
Según cifras de la superintendencia de notariado y registro, 24.206 matrimonios fueron celebrados en el año 2015. Alguna cifra adicional corresponde a matrimonios celebrados en el extranjero.
Lo particular de los mismos es que la ley dispone lo siguiente:
“Los que se hayan casado en país extranjero y se domiciliaren en Colombia, se presumirán separados de bienes, a menos que de conformidad a las leyes bajo cuyo imperio se casaron se hallen sometidos a un régimen patrimonial diferente”.

La norma fue demandada pues se consideró que la misma implicaba la violación del principio de igualdad, pues la discriminación legal dejaba en situación de desventaja a un grupo de parejas cuya determinación de casarse en el extranjero los dejaba sin protección patrimonial.

 Sin embargo, por la sola circunstancia de que los contrayentes de matrimonios celebrados en el exterior decidan domiciliarse en el país, no implica que el legislador colombiano pueda extender a los mismos el régimen patrimonial de los celebrados en Colombia, pues se desconocería el principio en virtud del cual la ley que rige los contratos es la del lugar de su celebración. 

Tema importante a tener en cuenta pues el régimen aplicable a las parejas es el del lugar donde se celebra el matrimonio y acompañará a la pareja hasta el fin que corresponda.